17/9/19

REGLA "PRIMITIVA" (7) AUTORIDAD DEL PRIOR

REGLA "PRIMITIVA"
DE LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN
 MARÍA DEL MONTE CARMELO,
DADA POR SAN ALBERTO, PATRIARCA DE JERUSALEN,
 Y CONFIRMADA POR INOCENCIO IV


1.   Alberto, llamado a ser Patriarca de la Iglesia de Jerusalén por la gracia de Dios, a los amados hijos en Cristo Brocardo y demás ermitaños, que viven bajo su obediencia junto a la fuente de Elías, en el Monte Carmelo, salud en el Señor y bendición del Espíritu Santo.

2.  En distintas ocasiones y de muchas maneras (cf Hb 1,1) los santos Padres dejaron establecido el modo cómo cada uno (sea cual fuere su estado o el género de vida religiosa que abrazó) ha de vivir "en obsequio" de Jesucristo (cf 2Co 10,5), sirviéndole lealmente con corazón puro y buena conciencia (cf 1Tm 1,5). Pero, como nos pedís que os demos una fórmula de vida adecuada a vuestro proyecto común, para guardarla obligatoriamente en lo sucesivo:




AUTORIDAD DEL PRIOR

7. A ningún hermano le estará permitido, sin la licencia del prior que hubiere por entonces, mudarse de celda asignada, ni intercambiarla por otra.
   La celda del prior estará a la entrada del lugar de residencia, para que sea él quien primero reciba a los visitantes, y disponga luego, a discreción, cuanto se haya de hacer.



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